Ley 1952
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.952
QUE DEROGA LA LEY N° 695 DEL 17 DE MAYO DE 1996 "QUE DECLARA DE INTERES
SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.) PARTE
DE LA FINCA N° 268 DEL DISTRITO DE ALTOS, DEPARTAMENTO CORDILLERA"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Derógase la Ley N° 695 del 17 de mayo de 1996 "QUE
DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR
RURAL (I.B.R.) PARTE DE LA FINCA N° 268 DEL DISTRITO DE ALTOS, DEPARTAMENTO
CORDILLERA".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el
cuatro de abril del año dos mil dos y por la Honorable Cámara de
Diputados, el nueve de julio del año dos mil dos, quedando sancionado
el mismo de conformidad al Artículo 211 de la Constitución Nacional.
Oscar González Daher Juan Carlos
Galaverna D.
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Juan José Vázquez Vázquez Alicia Jové Dávalos
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 1° de agosto de 2002
Téngase por ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Pedro Lino Morel (renunció) Darío
Baumgartem
Ministro de Agricultura y Ganadería Ministro de Agricultura
y Ganadería