Ley 1965
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.965
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y DESAFECTA PARTE DE UN INMUEBLE DEL
DOMINIO DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL) A FAVOR
DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR), SITUADO EN EL DISTRITO DE
CONCEPCION, DEL DEPARTAMENTO CONCEPCION.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Declárase de interés social y desaféctase del dominio
del Estado Paraguayo, parte del inmueble individualizado como Finca N° 1628
del Distrito de Concepción, del Departamento Concepción, propiedad del
Ministerio de Defensa Nacional, una superficie de 19 has. 2696 ms2.
(diecinueve hectáreas, dos mil seiscientos noventa y seis metros cuadrados)
y transfiérase a favor del Instituto de Bienestar Rural (IBR) a los fines
de la Reforma Agraria.
Artículo 2º.- Autorízase al Instituto de Bienestar Rural (IBR) a
transferir a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta
días del mes de mayo del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a ocho días del mes de agosto del año dos mil dos, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Oscar Alberto González Daher Juan Carlos
Galaverna D.
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Juan José Vázquez Vázquez Ada Solalinde de
Romero
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 26 de agosto de 2002
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Darío Baumgarten Miguel
Angel Candia Fleitas
Ministro de Agricultura y Ganadería Ministro
de Defensa Nacional