Ley 1968

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1.968.<br /> QUE MODIFICA LA LEY N° 1639 "QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 536 DEL<br /> 16 DE ENERO DE 1995, DE FOMENTO A LA FORESTACION Y REFORESTACION".<br /> Artículo1°.- Modificar el Artículo 3° de la Ley N° 1639 "QUE MODIFICA<br /> Y AMPLIA LA LEY N° 536 DEL 16 DE ENERO DE 1995, DE FOMENTO A LA FORESTACION<br /> Y REFORESTACION", cuyo texto queda redactado como sigue:<br /> "Art. . 3°.- La emisión autorizada por el Artículo anterior será<br /> realizada con las siguientes condiciones:<br /> a) los bonos otorgados en virtud de la presente Ley serán nominativos,<br /> negociables y transferibles; y estarán exentos del pago de todo<br /> tributo;<br /> b) el plazo de vencimiento será de cinco años; y,<br /> c) la tasa de interés será equivalente al promedio de la tasa de<br /> inflación anual de los últimos cinco años, más un 2% (dos por<br /> ciento) anual.<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> dieciséis días del mes de mayo del año dos mil dos, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a veintidos días del mes de agosto del año dos mil<br /> dos, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Alberto González Daher Raúl Antonio<br /> Ayala Diarte<br /> Presidente<br /> Vicepresidente 1°<br /> H. Cámara de Diputados En ejercicio de<br /> la Presidencia<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Juan José Vázquez Vázquez Ada Solalinde de<br /> Romero<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, de de 2002<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Darío Baumgarten James Spalding<br /> Ministro de Agricultura y Ganadería Ministro de<br /> Hacienda