Ley 205
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 205
QUE APRUEBA EL ACUERDO POR CANJE DE NOTAS PARA LA CREACION DE LA COMISION
MIXTA PARA LA CONSTRUCCION DEL PUENTE PRESIDENTE FRANCO-PUERTO YGUAZU,
SUSCRITOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL GOBIERNO DE
LA REPUBLICA ARGENTINA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase el Acuerdo por Canje de Notas para la
creación de la Comisión Mixta para la Construcción del Puente Presidente
Franco-Puerto Yguazú, suscritos entre el Gobierno de la República del
Paraguay y el Gobierno de la República Argentina, en Asunción el día 30 de
octubre de 1992, cuyos textos son como sigue:
Asunción, 30 de
octubre de 1992
N.R. No. 9
Señor Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en ocasión de
acusar recibo de su nota de fecha 30 de octubre del año en curso, que dice
lo siguiente:
"Señor Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con referencia
a la creación de una Comisión Mixta Argentino-Paraguaya para la
Construcción de un Puente entre Puerto Yguazú, República Argentina, y
Presidente Franco, República del Paraguay, a fin de dar cumplimiento a lo
establecido en el Acta de la Comisión Provisoria Binacional para la
Construcción del Puente Puerto Yguazú (República Argentina) - Presidente
Franco (República del Paraguay), suscrita en la Ciudad de Presidente
Franco, el 12 de mayo de 1992.
Al respecto, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia,
en nombre del Gobierno Argentino, un Acuerdo sobre el tema de referencia,
en los siguientes términos:
1. Establecer una Comisión Mixta que tendrá como objetivo hacer
viable la construcción de un Puente entre Puerto Yguazú, República
Argentina, y Presidente Franco, República del Paraguay, así como también
los accesos inmediatos, proyectando los instrumentos jurídicos necesarios
para la concreción de la obra.
2. La obra se realizará por concesión de obra pública. Ello deberá
ser tenido en cuenta por la Comisión para la elaboración de las pautas
mínimas que deberán incluirse en el pliego de llamado a licitación pública
internacional.
3. Oportunamente, la Comisión supervisará la ejecución y
fiscalización, durante la etapa de la construcción, del desarrollo de los
trabajos contratados.
4. La Comisión Mixta estará integrada por una Delegación Nacional de
cada una de las Partes, que será coordinada por los representantes de los
Ministerios de Relaciones Exteriores de cada país. Asimismo, estará
integrada por los representantes que designen los respectivos Gobiernos.
Si lo antes expuesto fuera aceptable para el Gobierno de la
República del Paraguay, esta nota y la de respuesta de Vuestra Excelencia
expresando dicha conformidad constituirán un Acuerdo entre nuestros dos
Gobiernos, el que entrará en vigor en la fecha de su nota de respuesta.
Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia
el testimonio de mi más distinguida consideración. Firmado: Guido Di Tella,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina".
Por tanto, tengo el honor de confirmar, en nombre del Gobierno
de la República del Paraguay, el Acuerdo antes transcripto y convenir que
ambas notas sean consideradas como las que constituyen un Acuerdo entre
nuestros dos Gobiernos.
Hago propicia esta ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia
las seguridades de mi más distinguida consideración. Firmado: Alexis Frutos
Vaesken, Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y ocho de abril del
año un mil novecientos noventa y tres y por la Honorable Cámara de
Diputados, sancionándose la Ley el veinte y dos de junio del año un mil
novecientos noventa y tres.
José A. Moreno Ruffinelli Gustavo Díaz de Vivar
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Carlos Galeano Perrone Julio Rolando Elizeche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 7 de julio de 1993
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Alexis Frutos Vaesken
Ministro de Relaciones Exteriores