Ley 2069

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 2069<br /> DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE<br /> CAPIATA, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO -<br /> MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE<br /> DE LA FINCA Nº 26.110, ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA Nº 15.385 "LA PALOMA"<br /> DEL CITADO MUNICIPIO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y<br /> autorizase a la Municipalidad de Capiatá, a transferir a título gratuito a<br /> favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble<br /> individualizado como parte de la Finca Nº 26.110 del Distrito de Capiatá,<br /> inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el Nº 1<br /> al folio 1 y siguientes del año 1993, asiento de la Escuela Graduada Nº<br /> 15.385 "La Paloma", ubicado en la novena Compañía "Rojas Cañada" del citado<br /> Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> AL NORTE: Con rumbo S- 55º 56' 40" - E (Sur, cincuenta y cinco grados,<br /> cincuenta y seis minutos, cuarenta segundos, Este), mide 60,00 m. (sesenta<br /> metros), linda con los lotes 4 y 5 de la manzana XI;<br /> AL SUR: Con rumbo N- 53º 17' 50" - W (Norte, cincuenta y tres grados,<br /> diecisiete minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 60,00 m (sesenta<br /> metros), linda con la calle 3;<br /> AL ESTE: Con rumbo S- 34º 13' 20" - W (Sur, treinta y cuatro grados,<br /> trece minutos, veinte segundos, Este), mide 47,09 (cuarenta y siete metros<br /> con nueve centímetros), linda con la calle 9;<br /> AL OESTE: Con rumbo S- 34º 13' 20" - W (Sur, treinta y cuatro grados,<br /> trece minutos, veinte segundos, Este) mide 45,56 m. (cuarenta y cinco<br /> metros con cincuenta y seis centímetros), lindo con la calle 8.<br /> SUPERFICIE: 2.779,50 m2 (DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS<br /> CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil dos, quedando<br /> sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a siete días del<br /> mes de enero del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> |Oscar A. González Daher |Juan Carlos Galaverna D. |<br /> |Presidente H. Cámara de |Presidente H. Cámara de Senadores|<br /> |Diputados | |<br /> | | |<br /> |Carlos Aníbal Páez Rejalaga |Alicia Jové Dávalos |<br /> |Secretario Parlamentario |Secretaria Parlamentaria |<br /> Asunción, 29 de febrero de 2003<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Victor Manuel Hermosa Sagaz<br /> Ministro del Interior