Ley 2084
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2.084
QUE AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 1920/2002 "QUE
AMPLIA LA LEY N° 1555/2000, QUE ESTABLECE NORMAS PARA DETERMINAR PRECIO
ACTUAL DE UNIDADES HABITACIONALES Y DECLARA INAPLICABLE EL ARTICULO 27 DE
LA LEY N° 118/90"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Amplíase hasta el 30 de abril de 2003, el plazo
establecido en el Artículo 1° de la Ley N° 1920/2002, para la aplicación y
cumplimiento de la Ley N° 1555/2000, tanto para las autoridades
administrativas del Consejo Nacional de la Vivienda como para los
beneficiarios.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dos, quedando
sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los
veintisiete días del mes de febrero del año dos mil tres, de conformidad a
lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.
|Oscar A. González Daher |Juan Carlos Galaverna D. |
|Presidente H. Cámara de |Presidente H. Cámara de |
|Diputados |Senadores |
| | |
|Carlos Aníbal Páez Rejalaga |Alicia Jové Dávalos |
|Secretario Parlamentario |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 14 de marzo de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Alcides Jiménez Quiñónez
Ministro de Hacienda