Ley 2094
QUE DEROGA LA LEY N° 1957 DEL 6 DE AGOSTO DE 2002, "QUE AMPLIA LA LEY
N° 861, ´GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CREDITO´,
DEL 24 DE JUNIO DE 1996"
Artículo 1°.- Derógase la Ley N° 1957 del 6 de agosto de 2002 "QUE
AMPLIA LA LEY N° 861, GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE
CREDITO", del 24 de junio de 1996.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
veinte días del mes de marzo del año dos mil tres, quedando sancionado el
mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a tres días del mes de abril
del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Oscar A. González Daher Juan
Carlos Galaverna D.
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Carlos Aníbal Páez Rejalaga
Alicia Jové Dávalos
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de
de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Alcides Jiménez Quiñónez
Ministro de Hacienda