Ley 212
H. Cámara de Representantes LEY Nº 212
"QUE APRUEBA EL DECRETO - LEY Nº 13 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1953".
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto - Ley Nº 13 del 31 de diciembre de
1953, "POR EL CUAL SE AUTORIZA LA VENTA DE DE UN INMUEBLE DEL
ESTADO, A LA ASOCIACION DE PADRES REDENTORISTAS DEL PARAGUAY."
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los veinte y cinco días del mes de junio del
año un mil novecientos cincuenta y cuatro.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 1º de julio de 1954.
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Carlos Velilla
Tomás Romero Pereira