Ley 213
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 213
QUE DISPONE ERIGIR UN MONUMENTO EN HOMENAJE A "LAS RESIDENTAS" DE LA
EPOPEYA NACIONAL DE 1864 A 1870.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
Art. 1°.- Eríjase en la Capital de la República un Monumento en homenaje
a "Las Residentas" de la Epopeya Nacional de 1864 a 1870.
Art. 2°.- Créase una Comisión Nacional que tendrá a su cargo el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° de esta Ley.
El Poder Ejecutivo integrará esta Comisión Nacional con
representantes del Poder Legislativo, Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Defensa
Nacional, Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas, de la
Academia Paraguaya de la Historia y de Instituciones culturales
femeninas.
Art. 3°.- La Comisión Nacional en coordinación con la Municipalidad de la
Capital establecerá la ubicación del Monumento citado en el artículo
1°.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A UN DIA DEL MES
DE OCTUBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS
PRESIDENTE CAMARA DE SENADORES
BONIFACIO IRALA AMARILLA
CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 9 de octubre de 1970.-
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE
EJERCITO ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA