Ley 2132
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2132
QUE AUTORIZA EL AUMENTO DE LA PARTICIPACION DE LA REPUBLICA DEL
PARAGUAY EN EL CAPITAL AUTORIZADO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE
FOMENTO (AIF), POR UN MONTO DE HASTA G. 26.647.935 (GUARANIES
VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y CINCO), CONFORME A LA DECIMOTERCERA REPOSICION APROBADA POR
LA JUNTA DE GOBERNADORES DEL GRUPO BANCO MUNDIAL, SEGUN RESOLUCION N°
204 DEL 29 DE SETIEMBRE DE 2002
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Autorízase la participación de la República del
Paraguay en la Decimotercera Reposición de Recursos de la Asociación
Internacional de Fomento (AIF) del Grupo del Banco Mundial, por un monto de
G. 26.647.935 (GUARANIES VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE
MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO), aprobada mediante Resolución N° 204, de
fecha 29 de setiembre de 2002 por la Junta de Gobernadores de dicho
Organismo Multilateral.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
dieciseis días del mes de enero del año dos mil tres, quedando sancionado
el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintinueve días del mes
de mayo del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar A. González Daher Juan
Carlos Galaverna D.
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Carlos Aníbal Páez Rejalaga Ada
Solalinde de Romero
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 22 de julio de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
José Antonio Moreno Ruffinelli
Ministro de Relaciones Exteriores