Ley 2153
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2153
QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 2018/02 "QUE AUTORIZA LA LIBRE
IMPORTACION DE VEHICULOS, MAQUINARIAS AGRICOLAS Y MAQUINARIAS DE
CONSTRUCCION USADOS"
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 2018/02 "QUE
AUTORIZA LA LIBRE IMPORTACION DE VEHICULOS, MAQUINARIAS AGRICOLAS Y
MAQUINARIAS DE CONSTRUCCION USADOS", que queda redactado de la
siguiente forma:
"Art. 1°.- Autorízase la libre importación de vehículos usados
de cualquier procedencia y modelo, con una antigüedad de diez años,
contados a partir del año de su fabricación, camiones de capacidad
mayor a veinte toneladas de carga transportada, tractocamiones,
maquinarias agrícolas usadas y maquinarias de construcción usadas, de
cualquier procedencia, modelo o año de fabricación, sujetas al
cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 125/91 "Que establece
el nuevo Régimen Tributario" y la Ley N° 1034/83 "Del Comerciante" y
sus modificaciones.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo primero, queda
prohibida cualquier discriminación en lo que se refiere a la ubicación
original del sistema de dirección del vehículo a ser importado, y que
vayan más allá de las restricciones vinculadas al sistema de aire
acondicionado, que no podrán utilizar CFC011 y/o CFC-12.
Para su circulación en el territorio nacional en todo los casos,
la dirección del autovehículo estará ubicada o reubicada en el lado
izquierdo del mismo."
Artículo 2°.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a
esta Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
veintinueve días del mes de mayo del año dos mil tres, quedando
sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete
días del mes de junio del año dos mil tres, de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.
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|Oscar A. González Daher |Juan Carlos Galaverna D. |
|Presidente H. Cámara de Diputados|Presidente H. Cámara de Senadores|
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|Carlos Aníbal Páez Rejalaga |Ada Solalinde de Romero |
|Secretario Parlamentario |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, de de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Roberto Santiago Fernández
Ministro de Industria y Comercio