Ley 2167
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2167
QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR SALESIANO DE ESTUDIOS FILOSOFICOS "DON
BOSCO" COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Reconócese al Instituto Superior Salesiano de
Estudios Filosóficos "Don Bosco", de la Sociedad Salesiana del Paraguay,
creado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 27026 del 19 de junio de 1967,
como una Institución de Educación Superior, del sector privado, que se
regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional y
las normas pertinentes de la Ley N° 1264/98 "General de Educación".
Artículo 2°.- Facúltase al Instituto Superior Salesiano de Estudios
Filosóficos "Don Bosco" a implementar programas en Ciencias de la
Educación.
Artículo 3°.- La institución creada por la presente Ley deberá ser
sometida al proceso de evaluación y acreditación por el organismo creado
por Ley N° 2072/03 "DE CREACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y
ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR".
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
veintisiete días del mes de mayo del año dos mil tres, quedando sancionado
el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiséis días del mes de
junio del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
207 numeral 1) de la Constitución Nacional.
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|Oscar A. González Daher |Juan Carlos Galaverna D. |
|Presidente H. Cámara de |Presidente H. Cámara de |
|Diputados |Senadores |
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|Carlos Aníbal Paéz Rejalaga |Ada Solalinde de Romero |
|Secretario Parlamentario |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 15 de julio de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Blanca Ovelar de Duarte
Ministra de Educación y Cultura