Ley 218
H. Cámara de Representantes LEY Nº 218
"QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 18 DEL 27 DE ENERO DE 1954".
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley Nº 18 del 27 de enero de 1954,
"POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ALMACENAJE DE MERCADERIAS DE
IMPORTACION Y EXPORTACION DE LOS DEPOSITOS FRANCOS HABILITADOS
EN LOS PUERTOS DE BUENOS AIRES Y DE ROSARIO (REPUBLICA
ARGENTINA)."
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los veinte y cinco días del mes de junio del
año un mil novecientos cincuenta y cuatro.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 1º de julio de 1954.
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Carlos Velilla
Tomás Romero Pereira