Ley 2186
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2186
QUE CONCEDE LA NACIONALIDAD HONORARIA A LA SEÑORA MERCEDES TERESA
BOBILLO DE JANE
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Concédese la nacionalidad honoraria a la señora
Mercedes Teresa Bobillo de Jané, natural de la República Argentina, de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 151 de la Constitución
Nacional.
Artículo 2°.- Promulgada esta Ley, el Presidente del Congreso
Nacional entregará a la beneficiaria una copia de la misma en un acto
público y con las solemnidades del caso.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a once
días del mes de junio del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo
por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de julio
del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti
Carlos Mateo Balmelli
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Raúl Adolfo Sánchez
Ana María Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 4 de agosto de 2003.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Rubén Osvaldo Benítez
Ministro del Interior