Ley 2188
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2188
QUE AUTORIZA AL ESTADO PARAGUAYO A PERMUTAR UN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA
POLICIA NACIONAL, POR OTRO INMUEBLE PERTENECIENTE A "ADM PARAGUAY SAECA".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Estado Paraguayo, Ministerio del Interior
- Policía Nacional a permutar un inmueble con una superficie de 116 m2,
propiedad de la Policía Nacional, asiento de una caseta policial,
individualizado como Finca N° 14.158 del Distrito de La Recoleta, ubicado
en la esquina formada por la Avenida República Argentina y Miguel Torres;
por otro inmueble con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido,
propiedad de la firma ADM Paraguay SAECA (ex Agrocereales S.A.),
identificado como Fracción B, parte de la Finca N° 7247 del Distrito de La
Recoleta, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo
el N° 1 y al folio 18 y siguientes del 18 de octubre de 1996, ubicada sobre
la Avenida República Argentina N° 1214, cuyas dimensiones y linderos son
los siguientes:
FRACCION "B" - PARTE DE LA FINCA N° 7247
AL NORTE: Mide 5 metros y linda con el inmueble con Cta.Cte.Ctral.N°
14-181-09;
AL ESTE: Mide 13 metros y linda con la Avenida República Argentina;
AL SUR: Mide 5 metros y linda con la fracción "A", parte de la
Finca N° 7247; y,
AL OESTE: Mide 13 metros y linda con la fracción "A", parte de la
Finca N° 7247.
SUPERFICIE: 65 m2 (sesenta y cinco metros cuadrados)
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintisiete días del mes de mayo del año dos mil tres, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a veinticuatro días del mes de julio del año dos mil
tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 207, numeral 2 de la Constitución Nacional.
| | |
|Benjamín Maciel Pasotti |Carlos Mateo Balmelli |
|Presidente H. Cámara de |Presidente H. Cámara de Senadores |
|Diputados | |
| |Ana María Mendoza de Acha |
|Raúl Adolfo Sánchez |Secretaria Parlamentaria |
|Secretario Parlamentario | |
Asunción, 12 de agosto de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Osvaldo Benítez
Ministro del Interior