Ley 22
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 22/92
QUE EXONERA DE TRIBUTOS LA IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE LIBROS,
PERIODICOS Y REVISTAS.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Exonérase del pago de tributos aduaneros e internos la
importación y comercialización de libros, periódicos y revistas, con
excepción de los pornográficos.
Artículo 2º.- Deróganse las disposiciones legales contrarias a ésta Ley.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veinticinco días del mes de junio
del año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a veintitrés días del mes de julio del año un mil
novecientos noventa y dos.
|José A. Moreno Rufinelli |Pedro Hugo Peña |
|Presidente |Presidente Vice Presidente |
| |1º enEjercicio de la |
|Honorable Cámara de Diputados|Presidencia |
| |Honorable Cámara de |
| |Senadores |
|Carlos Galeano Perrone | |
|Secretario Parlamentario |Evelio Fernández Arévalos |
| |Secretario Parlamentario |
Asunción, 6 de agosto de 1992.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Juan José Díaz Pérez
Ministro de Hacienda