Ley 22
PODER LEGISLATIVO
LEY N ° 22
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ENCARNACION, A TRANSFERIR A TITULO
GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTO) UNA
FRACCION DE TERRENO DE SU PATRIMONIO PRIVADO PARA ASIENTO DE UN CAMPO DE
EXPERIMENTACION DE ENSEÑANZA AGROPECUARIA, ANEXO AL CENTRO REGIONAL DE
EDUCACION DE ENCARNACION.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Encarnación, a transferir
a titulo gratuito, una fracción de terreno de su patrimonio privado al
Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Culto) para asiento de un campo
de experimentación de enseñanza agropecuaria anexo al Centro Regional de
Educación de Enseñanza, situada en el lugar denominado Abasto-Cué,
inscripta en el Registro General de la Propiedad Departamento de
Encarnación, bajo el N° 36 y al folio 45 del año 1963, con padrón N° 1446,
cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Su frente al Oeste mide ciento setenta y tres metros con veinte
centímetros y dá con el arroyo Patiy, por igual dimensión en su
contrafrente al Este, donde linda con propiedad privada, su costado al
norte mide cuatrocientos treinta y tres metros y linda con propiedad
privada; por igual dimensión en su contra costado al Sur, lindando con más
derecho particular. La propiedad deslindada abarca una superficie total de
setenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco metros cuadrados.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS TREINTA Y UN DIAS
DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVENCIENTOS SESENTA Y OCHO.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE
CAMARA DE SENADORES
AMERICO A. VELAZQUEZ
CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 5 de noviembre de 1968.
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO
GRAL. DE EJERCITO ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA