Ley 2253
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2.253
QUE AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 2084/03, PARA
LA APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY N° 1555/2000.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Amplíase por última vez el plazo previsto en el
Artículo 1° de la Ley N° 2084/03 "QUE AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN EL
ARTICULO 1° DE LA LEY N° 1920/2002, QUE AMPLIA LA LEY N° 1555/2000, QUE
ESTABLECE NORMAS PARA DETERMINAR PRECIO ACTUAL DE UNIDADES HABITACIONALES Y
DECLARA INAPLICABLE EL ARTICULO 27 DE LA LEY N° 118/90", por noventa días,
a partir de la promulgación de la presente Ley, para la aplicación y
cumplimiento de la Ley N° 1555/2000, tanto para las autoridades
administrativas del Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI) como para los
beneficiarios.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de setiembre del año dos
mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti Carlos Mateo
Balmelli
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Raúl Adolfo Sánchez Mirtha Vergara de Franco
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 13 de octubre de 2003.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Dionisio Borda
Ministro de Hacienda