Ley 228
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 228
QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA A TRANSFERIR EN VENTA UN INMUEBLE
DE PROPIEDAD FISCAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
Art. 1°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a transferir en venta el
inmueble de Propiedad Fiscal inscripto en el Registro General de la
Propiedad como finca N° 5.402 del Distrito de la Encarnación, Folio
5 vuelta y siguiente del año 1956 con cuenta Corriente N° 10.404.01
Art. 2°.- La enajenación autorizada en el artículo 1° se hará de
conformidad a las disposiciones de la Ley de Organización
Administrativa y su producido será destinado a la ampliación y
reparación del actual local del Museo de Bellas Artes, Archivo y
Biblioteca Nacional y a la adquisición de nuevas obras de cultura.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS CATORCE DIAS
DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA.
J. AUGUSTO SALDIVAR J.
BERNARDINO GOROSTIAGA
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS VICE-PTE. 1° EN
EJERCICIO
AMERICO A. VALAZQUEZ CARLOS
MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 23 de diciembre de 1970.-
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
RAUL PEÑA GRAL.
DE EJERCITO ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DE EDUCACION Y CULTO PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
CESAR BARRIENTOS
MINISTRO DE HACIENDA