Ley 2305

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 2.305<br /> QUE AUTORIZA AL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS), A TRANSFERIR A<br /> TITULO ONEROSO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO, PODER EJECUTIVO -<br /> SECRETARIA DE ACCION SOCIAL (SAS), EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO<br /> FINCA N° 10.085, PARA TRANSFERIRLO POSTERIORMENTE A TITULO ONEROSO A<br /> FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, UBICADO EN EL BARRIO VILLA TARUMÁ DEL<br /> MUNICIPIO LUQUE.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Autorízase al Instituto de Previsión Social (IPS) a<br /> transferir a titulo oneroso a favor del Estado Paraguayo, Poder Ejecutivo -<br /> Secretaría de Acción Social (SAS), el inmueble inscripto en la Dirección<br /> General de los Registros Públicos, como Finca N° 10.085, distrito Luque,<br /> con una superficie de 5 has. 96 m2. (cinco hectáreas con noventa y seis<br /> metros cuadrados), para transferir posteriormente a título oneroso a sus<br /> actuales ocupantes, ubicado en el barrio Villa Tarumá del municipio Luque.<br /> Artículo 2°.- La transferencia de los lotes a los adquirentes se<br /> realizará después de comprobarse fehacientemente que los interesados no<br /> poseen otros bienes inmuebles en el territorio de la República.<br /> Artículo 3°.- Los trámites de loteamiento, administración, venta y<br /> transferencia del inmueble expropiado a sus actuales ocupantes quedará a<br /> cargo de la Secretaría de Acción Social (SAS).<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil tres, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a treinta días del mes de octubre del año<br /> dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto<br /> en el Artículo 206 de la Constitución Nacional.<br /> Benjamín Maciel Pasotti Carlos Mateo<br /> Balmelli<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Raúl Adolfo Sánchez Ana<br /> María Mendoza de Acha<br /> Secretario Parlamentario Secretaria<br /> Parlamentaria<br /> Asunción, 12 de noviembre de 2003.-<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Julio César Velázquez<br /> Ministro de Salud Pública y Bienestar Social