Ley 2348

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 2348<br /> QUE ESTABLECE EL QUORUM LEGAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PARA ASUNTOS<br /> ADMINISTRATIVOS<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- A partir de la promulgación de la presente Ley y<br /> hasta tanto se integre la Corte Suprema de Justicia con por lo menos cinco<br /> ministros, y al sólo efecto administrativo, la Corte sesionará en pleno<br /> válidamente con la presencia de tres de sus miembros.<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil tres, quedando<br /> sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintidós días<br /> del mes de diciembre del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto<br /> en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Benjamín Maciel Pasotti Carlos<br /> Mateo Balmelli<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Armín D. Diez Pérez Duarte Mirtha Vergara<br /> de Franco<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 23 de diciembre de 2003.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Juan Darío Monges<br /> Ministro de Justicia y Trabajo