Ley 24
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA 1.456 (UN MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS) HECTÁREAS 1.342 METROS CUADRADOS DE UN INMUEBLE
SITUADO EN EL DISTRITO DE CAAGUAZU DE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD CIVIL
"SOMMERFELD KOMITEE"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º.- Declarase de interés social y exprópiase a favor de la
comunidades indígenas del Yaguary, San Juan-Jhovy, y "Kilómetro 225",
1.456 (Un mil cuatrocientos cincuenta y seis) hectáreas 1.342 metros
cuadrados de un inmueble, individualizado en la Dirección General de
los Registros Públicos, Sección Inmuebles, como Finca Nº 63 de
Caaguazú, pertenecientes a la Sociedad Civil "Sommerfeld Komitee", y
distribuidas de la siguiente manera:
a) 707 (Setecientas siete) hectáreas 1.342 metros cuadrados,
conformadas por los Lotes Nºs. 334, 335, 336, 337 y 338
según el loteamiento judicial aprobado por el Ministerio de
Obras Públicas y Comunicaciones y archivado bajo el Nº 53,
Caaguazú;
b) 719 (Setecientos diez y nueve) hectáreas conformadas por
los Lotes Nºs. 200, 201, 202, 254, 255, 256 y 257 del
loteamiento arriba indicado;
c) 30 (Treinta) hectáreas desprendidas de los Lotes Nº 344 y
345, del mismo loteamiento, en su límite Oeste y colindado
hacia el Sur con la Ruta VII abarcando el asentamiento
indígena localizado actualmente en ese lugar, de acuerdo al
plano adjunto y que hace parte de la Ley.
Art. 2º.- Procédase a indemnizar a la Sociedad Civil "Sommerfeld Komitee"
de conformidad a lo que dispone el artículo 96 de la Constitución
Nacional y el artículo 154 inciso b) del Estatuto Agrario, Ley Nº
854/63.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Senadores el veinte y cuatro de octubre del
año un mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Diputados,
sancionándose la Ley, el nueve de noviembre del año un mil novecientos
ochenta y nueve.
|El Presidente de la Cámara |El Presidente de la Cámara|
|de Senados |de Diputados |
|Alberto Nogués |Persio Da Silva |
|Evelio Fernández Arévalos |Eduardo A. Venialgo |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 21 de noviembre de 1989.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior