Ley 243
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 243
QUE DISPONE LA DEVOLUCION A LA HERMANA REPUBLICA DE BOLIVIA DE LOS TROFEOS
DE GUERRA EN PODER DE NUESTRO PAIS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Disponer la devolución de los Trofeos de Guerra en
poder de nuestro país a la hermana República de Bolivia.
Artículo 2°.- Facultar al Poder Ejecutivo a realizar los trámites
correspondientes ante las autoridades de la República de Bolivia para el
traslado de los Trofeos de Guerra hasta la ciudad dde La Paz, y a cumplir
los actos solemnes pertinentes para la devolución de los mismos.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y nueve de junio
del año un mil novecientos noventa y tres y por la Honorable Cámara de
Diputados, sancionándose la Ley el treinta y un de agosto del año un mil
novecientos noventa y tres.
Francisco José de Vargas Evelio Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
José Luis Cuevas Julio Rolando Elizeche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 10 de setiembre de
1993
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Diógenes Martínez
Ministro de Relaciones Exteriores