Ley 2511
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2511
QUE DECLARA COMO AVE NACIONAL AL PAJARO CAMPANA (PROCNIAS
NUDICOLLIS).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Declárase como Ave Nacional al Pájaro Campana
(Procnias Nudicollis).
Artículo 2°.- Para el fin establecido en el Artículo 1° de esta Ley,
la selección del diseño del ave se hará por concurso estudiantil en las
escuelas y colegios públicos del país, bajo la supervisión del Ministerio
de Educación y Cultura y de la Secretaría del Ambiente (SEAM), en
coordinación con los gobiernos municipales y departamentales respectivos.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta
días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara
de Senadores, a cuatro días del mes de noviembre del año dos mil cuatro,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Carrizosa
Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Luciano Cabrera Palacios Mirtha
Vergara de Franco
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 24 de noviembre de 2004
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Blanca Ovelar de Duarte
Ministra de Educación y Cultura