Ley 2519
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 2519
QUE EXONERA DEL PAGO DE LAS TASAS JUDICIALES A LAS VICTIMAS DEL INCENDIO
OCURRIDO EN EL SUPERMERCADO YCUA BOLAÑOS EL PRIMERO DE AGOSTO DE 2004, Y A
LOS FAMILIARES DE LAS MISMAS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Se exonera del pago de las tasas judiciales
establecidas en la Ley N° 669/95 a las víctimas o familiares que inicien
acciones judiciales contra los responsables del incendio ocurrido en el
supermercado Ycuá Bolaños el primero de agosto del año 2004.
Artículo 2°.- A los efectos de acogerse a la presente Ley, las
víctimas o sus familiares deberán presentar la certificación de la Comisión
Nacional de Emergencia creada por el Decreto N° 2964/04 o la entidad que la
suceda de la condición de víctima o familiar de la víctima, sin perjuicio
de los demás requisitos legales.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
diecisiete días del mes de agosto del año dos mil cuatro, quedando
sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los once días
del mes de noviembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto
en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Carrizosa
Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Luciano Cabrera Palacios Cándido Vera
Bejarano
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 6 de diciembre de 2004.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Juan Darío Monges Espínola
Ministro de Justicia y Trabajo