Ley 2551

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 2551<br /> QUE APRUEBA EL CONTRATO DE PRESTAMO N° 1448/OC-PR, SUSCRITO ENTRE LA<br /> REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), POR<br /> UN MONTO DE HASTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA NUEVE MILLONES<br /> (USD. 9.000.000), A SER DESTINADO AL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE<br /> CATASTRO REGISTRAL (PROCAR), CUYA EJECUCION ESTARA A CARGO DEL MINISTERIO<br /> DE HACIENDA, POR INTERMEDIO DEL SERVICIO NACIONAL DE CATASTRO (SNC), CON LA<br /> PARTICIPACION DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS (DGRP),<br /> DEPENDIENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA; Y SU CORRESPONDIENTE<br /> AMPLIACION PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2004<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Préstamo N° 1448/OC-PR,<br /> suscrito en la ciudad de Milán, Italia, en fecha 26 de marzo de 2003, entre<br /> la República del Paraguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),<br /> por un monto de hasta DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA NUEVE<br /> MILLONES (USD. 9.000.000), a ser destinado al financiamiento del PROGRAMA<br /> DE CATASTRO REGISTRAL (PROCAR), cuya ejecución estará a cargo del<br /> Ministerio de Hacienda, por intermedio del Servicio Nacional de Catastro<br /> (SNC), con la participación de la Dirección General de los Registros<br /> Públicos (DGRP), dependiente de la Corte Suprema de Justicia, cuyo texto se<br /> adjunta y forma parte de la presente Ley.<br /> Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la<br /> Administración Central - Ministerio de Hacienda, correspondiente al<br /> Ejercicio Fiscal 2004, por la suma de GUARANIES TRES MIL TRESCIENTOS<br /> SETENTA Y CUATRO MILLONES (G. 3.374.000.000), conforme al Anexo que se<br /> adjunta y forma parte de la presente Ley.<br /> Artículo 3°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para<br /> la Administración Central, por la suma de GUARANIES TRES MIL TRESCIENTOS<br /> SETENTA Y CUATRO MILLONES (G. 3.374.000.000), que estará afectada al<br /> Presupuesto 2004 del Ministerio de Hacienda, conforme al Anexo que se<br /> adjunta y forma parte de la presente Ley.<br /> Artículo 4°.- Apruébase la transferencia consolidable del Presupuesto<br /> vigente de la entidad 12-06 Ministerio de Hacienda - Servicio Nacional de<br /> Catastro, por la suma de GUARANIES DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES (G.<br /> 2.280.000.000), para la entidad 13-01 Corte Suprema de Justicia - Dirección<br /> General de los Registros Públicos.<br /> Artículo 5°.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior,<br /> ampliase la estimación de los ingresos y apruébase la ampliación del<br /> crédito presupuestario dentro del Presupuesto 2004 de la Corte Suprema de<br /> Justicia, por el monto total de GUARANIES DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA<br /> MILLONES (G. 2.280.000.000), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte<br /> de la presente Ley.<br /> Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro, quedando<br /> sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días<br /> del mes de diciembre del año dos mil cuatro, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel<br /> Carrizosa Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Luciano Cabrera Palacios<br /> Cándido Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 24 de diciembre de 2004<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Dionisio Borda<br /> Ministro de Hacienda