Ley 2577
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2577/2005
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A
FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - PODER JUDICIAL, UN INMUEBLE
INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 21280, UBICADO EN EL KM. 4
ACARAY, DEL CITADO MUNICIPIO, PARA SEDE DEL PALACIO DE JUSTICIA DE LA
IV CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ALTO PARANA Y CANINDEYU
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorízase a la Municipalidad de Ciudad del Este a transferir a título
gratuito a favor del Estado Paraguayo - Poder Judicial, un inmueble
individualizado como parte de la Finca N° 21280, del distrito de Ciudad del
Este, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos en el año
1996, ubicado en el km. 4 Acaray, del citado municipio, para sede del
Palacio de Justicia de la IV Circunscripción Judicial de Alto Paraná y
Canindeyú, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA 1-2: Del mojón N° 1, con rumbo NW 62° 27´ (Noroeste, sesenta y
dos grados veintisiete minutos), mide 71,00 m., (setenta
y un metros), linda con calle Pública;
LINEA 2-3: Del mojón N° 2, con rumbo NE 27° 33´ (Noreste, veintisiete
grados treinta y tres minutos), mide 147,00 m., (ciento
cuarenta y siete metros), linda con calle Pública;
LINEA 3-4: Del mojón N° 3, con rumbo SE 62° 27´ (Sureste, sesenta y
dos grados veintisiete minutos), mide 71,00 m., (setenta
y un metros), linda con Lote N° 08; y,
LINEA 4-1: Del mojón N° 4, con rumbo SW 27° 33´ (Suroeste,
veintisiete grados treinta y tres minutos), mide 147,00
m., (ciento cuarenta y siete metros), linda con Lote N°
14 (Resto de la fracción destinada para edificios
públicos y plaza).
SUPERFICIE: 10.437,00 m2 (DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE
METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil cuatro, quedando
sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiocho días
del mes de abril del año dos mil cinco, de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Edgar Domingo Venialgo Recalde Adriana Franco de
Fernández
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 16 de mayo de 2005
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Rogelio Benítez Vargas
Ministro del Interior