Ley 264
H. Cámara de Representantes LEY Nº 264
"POR LA CUAL SE LIBERA DEL PAGO DE PAVIMENTACION, CONSTRUCCION DE
ACERA Y CORRIENTES CLOACALES, A LAS SEDES DE REPRESENTACIONES
DIPLOMATICAS EXTRANJERAS CON EDIFICIOS PROPIOS"
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Libérase del pago del costo de pavimentación, construcción
de veredas y corriente cloacal, a las sedes de Representaciones
Diplomáticas extranjeras con edificios propios, cuyos Gobiernos
acuerdan el mismo privilegio al Estado paraguayo.
Artículo 2º.- Las erogaciones del Estado a que diere lugar la presente
Ley, serán imputadas al Presupuesto General de Gastos de la
Nación en el Rubro de OBLIGACIONES DIVERSAS DEL ESTADO (Deuda
Pública), en el carácter de GASTOS IMPREVISTOS.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los catorce días del mes de julio del año un
mil novecientos cincuenta y cinco.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR C. FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 19 de julio de 1955
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Carlos R. Velilla
Alfredo Stroessner
Hipólito Sánchez Quell