Ley 2675
QUE CREA LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO CANINDEYÚ CON
ASIENTO EN LA CIUDAD DE SALTO DEL GUAIRÁ.
Artículo 1°.- Créase la Circunscripción Judicial del Departamento
Canindeyú con asiento en la ciudad de Salto del Guairá.
Artículo 2°.- La Administración de la Circunscripción Judicial
creada por esta Ley, abarcará el Departamento Canindeyú.
Artículo 3°.- Facúltase a la Corte Suprema de Justicia a
reglamentar por acordada los tribunales, juzgados, fiscalías, defensorías y
demás funcionarios que compondrán la presente Circunscripción Judicial.
Artículo 4°.- Deróganse todas las disposiciones contrarias a esta
Ley.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
diecisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de agosto del año dos mil
cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos
Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Víctor Oscar González Drakeford Cándido
Vera Bejarano
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 9 de setiembre de 2005.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Dérlis Céspedes
Ministro de Justicia y Trabajo