Ley 268
H. Cámara de Representantes LEY Nº 268
"POR LA CUAL SE SOMETE AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y
COMUNICACIONES, LA DIRECCION GENERAL DE TURISMO"
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Sométase la Dirección General de Turismo, con sus
dependencias, materiales y efectos, a la jurisdicción del
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Artículo 2º.- A los efectos de la ejecución del Presupuesto y de la
Contabilidad Pública, dicha sujeción se considerará efectiva a
partir del 1º de Agosto próximo.
Artículo 3º.- Dentro de los diez días de la promulgación de la presente
Ley, la Dirección General de Turismo, con intervención del
organismo competente, practicará un inventario de los bienes
muebles, valores y demás efectos que se transfieren en virtud de
esta Ley, con objeto de la toma de razón en el Departamento de
Patrimonio Fiscal de la Contraloría Financiera de la Nación.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los catorce días del mes de julio del año un
mil novecientos cincuenta y cinco.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR C. FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 25 de julio de 1955
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Marcial Samaniego
Alfredo Stroessner
Tomás Romero Pereira