Ley 27
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE UBICADO EN
EL LUGAR DENOMINADO "LAUREL" DEL DISTRITO DE SALTOS DEL GUAIRA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º.- Declarase de interés social y exprópiase el inmueble ubicado en
el lugar denominado "Laurel", Distrito de Saltos del Guairá, con una
superficie de 6.000 (Seis mil) hectáreas, y que forman parte de la
Finca N° 30 y sus desprendimientos, pertenecientes a La Industrial
Paraguaya S.A., según inscripción en la Dirección General de los
Registros Públicos.
Art. 2º.- Procédase a indemnizar al propietario del inmueble
individualizado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 de la
Constitución Nacional.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Senadores el diecinueve de octubre del año
un mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Diputados,
sancionándose la Ley, el dieciséis de noviembre del año un mil
novecientos ochenta y nueve.
|El Presidente de la Cámara de |El Presidente de la Cámara de |
|Senadores |Diputados |
|Alberto Nogués |Miguel Angel Aquino |
| | |
|Evelio Fernández Arévalos |Eduardo A. Venialgo |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 29 de noviembre de 1989.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Hernando Bertoni
Ministro de Agricultura y Ganadería