Ley 27
Cámara de Representantes
LEY Nº 595
POR EL CUAL SE APRUEBA EL DECRETO-LEY N° 215 DEL 14 DE OCTUBRE DE
1959, "QUE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE EL ESTADO Y LOS HEREDEROS DE
DON DOMINGO BARTHE SOBRE INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS A QUE
FUERON CONDENADOS TALES HEREDEROS, EN EL JUICIO QUE LES SIGUIO EL
ESTADO SOBRE NULIDAD DE TITULOS Y REIVINDICACION DE UNAS TIERRAS
EN EL ALTO PARANA".
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley N° 215 de fecha 14 de octubre de
1959, que aprueba el acuerdo entre el Estado y los herederos de
don Domingo Barthe sobre indemnización, de daños y perjuicios a
que fueron condenados tales herederos, en el juicio que les
siguió el Estado sobre nulidad de títulos y reivindicación de
unas tierras en el Alto Paraná.
Artículo 2º.- Comuníquese al poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes de la Nación, a diez y siete días mes de junio
del año un mil novecientos sesenta.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulogio Estigarribia
SECRETARIO
PRESIDENTE DE LA H. C. R.
Asunción, 27 de junio de 1960
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN
REGISTRO OFICIAL.-
EZEQUIEL GONZALEZ ALSINA
ALFREDO STROESSNER
CESAR BARRIENTOS
JUAN RAMON CHAVES