Ley 27
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 27
QUE MODIFICA LA LEY Nº 965 DE FECHA 20 DE DICIEMBRE DE 1991, QUE MODIFICA
EL INCISO "C" DEL ARTICULO 15 DE LA LEY Nº 1079 DEL 30 DE AGOSTO DE 1965
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.-Modifícase la Ley Nº 95 del 20 de diciembre de 1991, que queda
redactada como sigue:
"Art. 1º.- c) Con el producto del 7% (siete por ciento) del monto de
la Prima de Seguros percibida por las Compañías y Agencias de
Seguros que operan en el país, con cargo a los asegurados. El 94%
(noventa y cuatro por ciento) de los recaudado en dicho concepto,
formarán parte del patrimonio del Ferrocarril y el 6% (seis por
ciento) será destinado a la Caja de Seguros Sociales de Empleados y
Obreros Ferroviarios, por intermedio del Ferrocarril "Presidente
Carlos Antonio López", para el pago de Jubilaciones y Pensiones
correspondientes a sus beneficiarios".
"Art. 2º.- Autorizase al Ministerio de Hacienda a reprogramar el
Presupuesto vigente del Ferrocarril "Presidenta Carlos Antonio
López" y de la Caja de Seguros Sociales de Empleados y Obreros
Ferroviarios, conforme a las implicancias financieras creadas por
las modificaciones establecidas en el artículo anterior de la
presente Ley".
Artículo 2º.-Deróganse las disposiciones contrarias a esta Ley.
Artículo 3º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a los seí días del mes de agosto del
año un mil novecientos noventa y dos, quedando sancionado por la H. Cámara
de Senadores a los veinte días del mes de agosto del año un mil novecientos
noventa y dos, sancionándose la Ley, a los catorce días del mes de
setiembre del año un mil novecientos noventa y dos.
|José A. Moreno Rufinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente |Presidente |
|Honorable Cámara de Diputados|Honorable Cámara de |
| |Senadores |
| | |
|Carlos Galeano Perrone |Evelio Fernández Arévalos |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 14 de setiembre de 1992.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodriguez
Hugo Estigarribía Elizeche
Encargado de Despacho
Ministerio de Relaciones Exteriores.