Ley 27
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 27/91
QUE AUTORIZA AL ESTADO PARAGUAYO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO UNA
FRACCION DE SU PROPIEDAD A FAVOR DEL INSTITUTO PARAGUAYO DEL INDIGENA
(INDI), SITUADO EN EL KM 220, EN LAS CERCANIAS DEL FORTIN TTE. MONTANIA,
CHACO PARAGUAYO, AL OESTE DE LA RUTA A MADREJON, EN EL LUGAR DENOMINADO
"SANTO DOMINGO"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1(.- Autorízase al Estado Paraguayo a transferir a título gratuito
a favor del Instituto Paraguayo del Indígena (INDI), una fracción de su
propiedad con una superficie de 20.000 Has. 0074 m(, individualizado en la
Dirección General de los Registros Públicos como Finca N( 10.167, bajo el
N( 1, al folio 1 y siguientes del año 1983, situado en el km 220, en las
cercanías del Fortín Tte. Montanía, Chaco Paraguayo, al Oeste de la Ruta a
Madrejón, en el lugar denominado "Santo Domingo", que será destinado para
asentamientos indígenas.
\Artículo 2(.- Las dimensiones y linderos que constan en el Título de
Propiedad respectivo, practicado por el Agrimesor Público Don Manuel R.
Caballero, forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 3(.- El Ministro de Defensa Nacional suscribirá, en representación
del Estado Paraguayo, la respectiva escritura de transferencia de dominio
que será pasada ante la Escribanía Mayor de Gobierno.
Artículo 4(.- La adjudicación se hará con respecto a la individualidad de
cada comunidad indígena.
Artículo 5(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H.Cámara de Diputados a un día del mes de agosto del año un
mil novecientos noventa y uno y por la H.Cámara de Senadores, sancionándose
la Ley, a veintiún día del mes de agosto del año un mil novecientos noventa
y uno.
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|Gustavo Díaz de Vivar |José A. Moreno Ruffinelli |
|Presidente, H.Cámara de |Presidente, H.Cámara de |
|Senadores |Diputados |
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|Evelio Fernández Arévalos |Osvaldo Bergonzi |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 5 de setiembre de 1991
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Andrés Rodríguez
Presidente de la República
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior