Ley 2709

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LEY Nº 2709/2005<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE VILLA ELISA A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR<br /> DEL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PARAGUAY, UN INMUEBLE<br /> INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 6500 PARA ASIENTO DEL LOCAL<br /> DE LA NOVENA COMPAÑÍA VILLA ELISA, UBICADO EN EL BARRIO CENTRO DEL<br /> CITADO MUNICIPIO<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase<br /> a la Municipalidad de Villa Elisa a transferir a título gratuito a favor<br /> del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay, un inmueble<br /> individualizado como parte de la Finca Nº 6500, del Distrito Villa Elisa,<br /> inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el Nº 1 al<br /> folio 1 y siguientes del año 1991, para asiento del Cuerpo de Bomberos<br /> Voluntarios del Paraguay, filial Villa Elisa, ubicado en el barrio Centro,<br /> del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> AL NORTE: mide 45,00 m. (cuarenta y cinco metros), linda con<br /> derechos privados;<br /> AL SUR: mide 45,00 m. (cuarenta y cinco metros), linda con la<br /> calle Libano;<br /> AL ESTE: mide 38,29 m. (treinta y ocho metros con veintinueve<br /> centímetros), linda con la calle Jordania; y,<br /> AL OESTE: mide 37,73 m. (treinta y siete metros con setenta y tres<br /> centímetros), linda con la fracción "A".<br /> SUPERFICIE: 1.710,51 m2 (un mil setecientos diez metros cuadrados<br /> con cincuenta y un decímetros cuadrados)".<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> dieciséis días del mes de junio del año dos mil cinco, quedando sancionado<br /> el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a quince días del mes de<br /> setiembre del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González<br /> Carlos Filizzola<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Víctor Oscar González Drakeford<br /> Cándido Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 4 de octubre de 2005<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Rogelio Benítez<br /> Ministro del Interior