Ley 2743
QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530, DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE
2004, INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase la disminución de los créditos presupuestarios
de la Entidad Descentralizada, Instituto de Previsión Social, para
destinarlo al incremento salarial por la suma de Gs. 12.302.717.336
(Guaraníes doce mil trescientos dos millones setecientos diecisiete mil
trescientos treinta y seis), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte
de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la modificación del Anexo de Remuneraciones
del Personal dentro del Presupuesto 2005 del Instituto de Previsión
Social, por la suma de Gs. 12.302.717.336 (Guaraníes doce mil trescientos
dos millones setecientos diecisiete mil trescientos treinta y seis), de
acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Apruébase con carácter de excepción de lo dispuesto
en el Artículo 26 de la Ley N° 2530/2004, "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO
GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005."
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda, la adecuación del
Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario
vigente y a las técnicas de programación de ingresos, gastos, categorías
del Anexo del Personal y montos autorizados, al solo efecto de la correcta
imputación y ejecución presupuestaria.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintitrés días del mes de junio del año dos mil cinco, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil
cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos
Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Víctor Oscar González Drakeford Cándido Vera
Bejarano
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 18 de octubre de 2005.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Ernst Ferdinand Bergen Schmidt
Ministro de Hacienda