Ley 2764
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE
SU ACTUAL OCUPANTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA
N° 12.400, UBICADO EN EL BARRIO BARCEQUILLO DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de San Lorenzo, a transferir a título oneroso a favor de
su actual ocupante, señor Juan Tomás González, un inmueble individualizado
como parte de la Finca N° 12.400, dejado en concepto de plaza y edificios
públicos en el loteamiento realizado por el señor Juan David Musi,
inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 y
al folio 1 y siguientes del año 1978, ubicado en el barrio Barcequillo del
citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 12,00 m. (doce metros), linda con la calle Lapacho;
AL SUR: mide 12,00 m. (doce metros), linda con derechos privados;
AL ESTE: mide 30,00 m. (treinta metros), linda con derechos
privados; y,
AL OESTE: mide 30,00 m. (treinta metros), linda con derechos
privados.
SUPERFICIE: 360,00 m2 (TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- La suma obtenida por la venta del inmueble
individualizado en el Artículo 1° de la presente Ley será destinada
exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o
plaza.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día
del mes de setiembre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a seis días del mes de octubre del año dos mil cinco, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207,
numeral 2 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos
Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Víctor Oscar González Drakeford Ada Fátima Solalinde de
Romero
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 20 de octubre de 2005.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Rogelio Benítez Vargas
Ministro del Interior