Ley 2793
FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2530, DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE
2004, DIRECCION NACIONAL DE AERONAUTICA CIVIL (DINAC)
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Entidad
Descentralizada (Dirección Nacional de Aeronáutica Civil - DINAC),
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005, por la suma de G. 1.500.000.000
(Guaraníes un mil quinientos millones), conforme al Anexo que se adjunta y
forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario
para la Entidad Descentralizada, por la suma de G. 1.500.000.000 (Guaraníes
un mil quinientos millones), que estará afectada al Presupuesto 2005 de la
Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, conforme al Anexo que se adjunta y
forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de
códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y
detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario
vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y
financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o
ejecución presupuestaria.
Artículo 4°.- La ampliación presupuestaria autorizada por la
presente disposición legal será en carácter de excepción a lo establecido
en el Artículo 26 de la Ley N° 2530/2004.
Artículo 5°.- Las autoridades encargadas de la ejecución
presupuestaria de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil - DINAC serán
responsables del cumplimiento del Artículo 7°, inciso a) de la Ley N°
1535/99 "DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO".
Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando
sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciocho días
del mes de octubre del año dos mil cinco, de conformidad con lo dispuesto
en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.
Luis Carlos Neuman Irala
Carlos Filizzola
Vicepresidente 1°
Presidente
En ejercicio de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
H. Cámara de Diputados
Atilio Penayo Ortega Ada
Fátima Solalinde de Romero
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de de 2005
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Vicepresidente de la República
En ejercicio de la Presidencia
Luis Alberto Castiglioni Soria
Ernst Ferdinand Bergen Schmidt
Ministro de Hacienda