Ley 28
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION, A TRANSFERIR A TITULO
GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
CULTO), LOS INMUEBLES QUE SIRVEN DE ASIENTO A LA ESCUELA GRADUADA N°
121 Y COLEGIO NACIONAL "DR. IGNACIO A PANE"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción, a transferir a
título gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Educación
y Culto), los inmuebles individualizados con las Ctas. Ctes.
Catastrales Nºs 11-583-01/01/10-11/12/13/14/15 y 16 inscriptos en
mayor proporción como Finca Nº 10.121 del Distrito de la Catedral,
que sirven de asiento a la Escuela Graduada Nº 121 y Colegio
Nacional "Dr. Ignacio A. Pane", cuyas dimensiones y linderos son los
siguientes:
Al Norte: Mide 80 (ochenta) metros y linda con la calle Tte.
1º Samudio;
Al Sur: Mide 80 (ochenta) metros y linda con los Lotes 2 al
9;
Al Este: Mide 30 (treinta) metros y linda con la calle Mayor
Fleitas; y,
Al Oeste: Mide 30 (treinta) metros y linda con la calle
República Francesa.
Superficie: 2.400 (Dos mil cuatrocientos) metros
cuadrados.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Diputados el diez y nueve de octubre del
año un mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, el diez y seis de noviembre del año un mil
novecientos ochenta y nueve.
|El Presidente de la Cámara de |El Presidente de la Cámara de |
|Senadores |Diputados |
|Alberto Nogués |Miguel Angel Aquino |
| | |
|Evelio Fernández Arévalos |Eduardo A. Venialgo |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 27 de noviembre de 1989.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior