Ley 283
H. Cámara de Representantes LEY Nº 283
"POR LA QUE SE ESTABLECE UN REGIMEN ESPECIAL DE EQUIVALENCIA PARA EL
GUARANI CON RELACION AL PESO MONEDA NACIONAL"
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Adóptese un régimen especial de equivalencia del guaraní
con relación al peso moneda nacional del Código Penal, dejando
establecido que este peso es igual a quince guaraníes, a los
efectos de la aplicación de las penas previstas por dicho
Código.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los veinte y tres días del mes de agosto del
año un mil novecientos cincuenta y cinco.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR C. FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 25 de agosto de 1955
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Luís Martínez Miltos
Alfredo Stroessner