Ley 2834

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 2834<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DEL<br /> OBISPADO DE SAN LORENZO, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA<br /> FINCA N° 10.596, ASIENTO DE LA CAPILLA "MARIA AUXILIADORA", UBICADO EN<br /> EL BARRIO REDUCTO DEL CITADO MUNICIPIO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase<br /> a la Municipalidad de San Lorenzo, a transferir a título oneroso a favor<br /> del Obispado de San Lorenzo, un inmueble individualizado como parte de la<br /> Finca N° 10.596, con Cta. Cte. Ctral. N° 27-1366-01 del Distrito San<br /> Lorenzo, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo<br /> el N° 1 al folio 1 y siguientes del 2 de junio de 1977, asiento de la<br /> Capilla "María Auxiliadora", ubicado en el barrio Reducto del citado<br /> municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> AL NORTE: mide 60,00 m. (sesenta metros), linda con derechos<br /> privados;<br /> AL SUR: mide 60,00 m. (sesenta metros), linda con el resto de la<br /> fracción dejada en concepto de plaza;<br /> AL ESTE: mide 30,00 m. (treinta metros), linda con la calle San<br /> Justo; y,<br /> AL OESTE: mide 30,00 m. (treinta metros), linda con la calle Claudia<br /> Lar.<br /> SUPERFICIE: 1.800 m2 (UN MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> dieciocho días mes de agosto del año dos mil cinco, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a quince días del mes de noviembre del año dos mil<br /> cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Carlos<br /> Filizzola<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Atilio Penayo Ortega<br /> Cándido Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 5 de diciembre de 2005.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Rogelio Benítez Vargas<br /> Ministro del Interior