Ley 2875
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2875
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE PEDRO JUAN CABALLERO, A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO
A FAVOR DE LA DIÓCESIS DE CONCEPCIÓN, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO
PARTE DE LA FINCA N° 4481, ASIENTO DE LA "DIÓCESIS DE CONCEPCIÓN -
VICARÍA VIRGEN DE FÁTIMA", UBICADO EN EL BARRIO OBRERO DEL CITADO
MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Pedro Juan Caballero, a transferir a título gratuito
a favor de la Diócesis de Concepción, un inmueble individualizado como
parte de la Finca N° 4481, Distrito Pedro Juan Caballero, inscripto en la
Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 al folio 1 y
siguientes del 16 de setiembre de 1980, asiento de la Diócesis de
Concepción, ubicado en el barrio Obrero del citado municipio, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA A-B: Con rumbo N - 67° 18' - E (Norte, sesenta y siete grados,
dieciocho minutos, Este), mide 30,20 m. (Treinta metros con
veinte centímetros), linda con la calle Choferes del Chaco;
LINEA B-C: Con rumbo N - 22° 42' - W (Norte, veintidós grados,
cuarenta y dos minutos, Oeste), mide 108,00 m. (Ciento ocho
metros), linda con la fracción 3;
LINEA C-D: Con rumbo S - 67° 18' - W (Sur, sesenta y siete grados,
dieciocho minutos, Oeste), mide 28,30 m. (Veintiocho metros
con treinta centímetros), linda con la calle Peatonal; y,
LINEA D-A: Con rumbo S - 22° 42' - E (Sur, veintidós grados,
cuarenta y dos minutos, Este), mide 108,00 m. (Ciento ocho
metros) y linda con la calle Charagua.
SUPERFICIE: 3.159, 00 m2 (TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a seis
días mes de octubre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a veintitrés días del mes de marzo del año dos mil seis,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos
Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Mario Alberto Coronel Paredes Ada Fátima Solalinde de
Romero
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 7 de abril de 2006.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Rogelio Benítez Vargas
Ministro del Interior