Ley 2896
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2896/2006
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE CAPIATÁ A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE LA JUNTA DE
SANEAMIENTO SAN LUIS, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA
N° 8455, UBICADO EN LA COMPAÑÍA 9ª ROJAS CAÑADA DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Capiatá a transferir a título oneroso a favor de la
Junta de Saneamiento San Luis, un inmueble individualizado como parte de la
Finca N° 8455, Distrito Capiatá, dejado en concepto de plaza en el
loteamiento realizado por Hugo González, inscripto en la Dirección General
de los Registros Públicos bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del 21 de
diciembre de 1981, ubicado en la Compañía 9ª Rojas Cañada del citado
municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 30,00 m. (treinta metros), linda con el resto de la
fracción dejada en concepto de plaza;
AL SUR: mide 30,00 m. (treinta metros), linda con el lote 11;
AL ESTE: mide 10,00 m. (diez metros), linda con el resto de la
fracción dejada en concepto de plaza; y,
AL OESTE: mide 10,00 m. (diez metros), linda con la Calle D.
SUPERFICIE: 300,00 m2 (TRESCIENTOS METROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- La suma obtenida por la venta del inmueble
individualizado en el Artículo 1º de la presente Ley, será destinada
exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o
plaza.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a tres
días mes de noviembre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a treinta días del mes de marzo del año dos mil seis, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos
Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Mario Alberto Coronel Paredes Cándido Vera
Bejarano
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 17 de abril de 2006.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Rogelio Benítez Vargas
Ministro del Interior