Ley 290
H. Cámara de Representantes LEY Nº 290
"POR LA CUAL SE TRANSFIERE GRATUITAMENTE AL CLUB MARISCAL LOPEZ DE
CONCEPCION UNA FRACCION DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL CONSEJO NACIONAL
DE DEPORTES"
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir en propiedad y
gratuitamente, al "Mariscal López F. B. C.", domiciliado en la
ciudad de Concepción, una fracción de terreno ubicado en dicha
ciudad, de propiedad del Consejo Nacional de Deportes,
inscripto, en el Registro General de la Propiedad, Primera
Sección, bajo el Nº 35 al folio 134 y siguientes del año 1927,
cuya dimensión es de 100 mts. de frente sobre la calle
Presidente "Dr. Eligio Ayala", por 200 mts. en el fondo sobre la
calle Montevideo.
Artículo 2º.- El inmueble transferido será destinado a campo de deportes
y educación física, no pudiendo ser utilizado para otros fines
ni transferido a terceros por la sociedad beneficiaria y en el
caso de disolución de ésta, pasará de nuevo al dominio del
Consejo Nacional de Deportes.
Artículo 3º.- Los alumnos de las escuelas públicas de Concepción tendrán
derecho a usar las instalaciones del "Mariscal López F. B. C."
de acuerdo a un plan aprobado por el Ministerio de Educación y
Culto y las autoridades de dicho Club.
Artículo 4º.- Queda autorizado el Ministerio de Educación y Culto a
suscribir la correspondiente escritura de transferencia, que
será formalizada por ante la Escribanía Mayor de Gobierno.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los treinta días del mes de agosto del año un
mil novecientos cincuenta y cinco.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR C. FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 9 de setiembre de 1955
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Raúl Peña
Alfredo Stroessner