Ley 2902
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2902/2006
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE CAPIATÁ A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES
OCUPANTES, FRACCIONES DE INMUEBLES INDIVIDUALIZADAS COMO PARTE DE LAS
FINCAS N°s. 7436 y 19688, UBICADAS EN EL LUGAR DENOMINADO COMPAÑIA 9º
ROJAS CAÑADA DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Capiatá, a transferir a título oneroso a favor de
sus actuales ocupantes, fracciones de inmuebles individualizadas como
parte de las Fincas N°s. 7436 y 19688 del Distrito de Capiatá, dejadas en
concepto de plazas, edificios públicos y calles, inscriptas en la
Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1, folio 1 y
siguientes del año 1981 y 1989 respectivamente, ubicadas en el lugar
denominado Compañía 9° Rojas Cañada del citado municipio, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
FINCA N° 7436
MANZANA XXI - Cta. Cte. Ctral. N° 27-2148-01 y parte de la Calle 13
LINEA 1 - A: mide 181,55 m. (ciento ochenta y un metros con
cincuenta y cinco centímetros), linda con la calle 4;
LINEA A - B: mide 42,65 m. (cuarenta y dos metros con sesenta y
cinco centímetros), linda con la calle 13; y,
LINEA B - 1: mide 187,40 m. (ciento ochenta y siete metros con
cuarenta centímetros), linda con derechos privados.
SUPERFICIE: 3927 m2 3200 cm2 (TRES MIL NOVECIENTOS
VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON TRES MIL DOSCIENTOS
CENTÍMETROS CUADRADOS).
MANZANA XXVI - Cta. Cte. Ctral. N° 27-2149-01
Fracción "A"
LINEA 1 - C: mide 30,85 m. (treinta metros con ochenta y cinco
centímetros), linda con la calle 4;
LINEA C - D: mide 53,85 m. (cincuenta y tres metros con ochenta y
cinco centímetros), linda con resto de la fracción dejada en concepto de
plaza;
LINEA D - 7: mide 29,70 m. (veintinueve metros con setenta
centímetros), linda con derechos privados; y,
LINEA 7 - 1: mide 46,17 m. (cuarenta y seis metros con diecisiete
centímetros), linda con la calle 13.
SUPERFICIE: 1501 m2 7772 cm2 (UN MIL QUINIENTOS UN
METROS CUADRADOS CON SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS
CENTÍMETROS CUADRADOS).
Fracción "B"
LINEA E - 2: mide 30,00 m. (treinta metros), linda con la calle 4;
LINEA 2 - A: mide 99,30 m. (noventa y nueve metros con treinta
centímetros), linda con la calle 14;
LINEA A - F: mide 31,00 m. (treinta y un metros), linda con
derechos municipales correspondientes a la fracción La Reina I; y,
LINEA F - E: mide 85,95 m. (ochenta y cinco metros con noventa y
cinco centímetros), linda con el resto de la fracción dejada en concepto
de plaza.
SUPERFICIE: 2722 m2 1543 cm2 (DOS MIL SETECIENTOS
VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON UN MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS).
FINCA N° 19688 - Cta. Cte. Ctral. N° 27-2149-02
LINEA 4 - 5: mide 96,00 m. (noventa y seis metros), linda con la
calle 1;
LINEA 5 - 6: mide 25,02 m. (veinticinco metros con dos
centímetros), linda con derechos privados;
LINEA 6 - A: mide 102,25 m. (ciento dos metros con veinticinco
centímetros), linda con derechos privados;
LINEA A - 3: mide 5,55 m. (cinco metros con cincuenta y cinco
centímetros), linda con la calle 14; y,
LINEA 3 - B: mide 21,32 m. (veintiún metros con treinta y dos
centímetros), linda con ensanche de la calle 14.
SUPERFICIE: 2530 m2 3195 cm2 (DOS MIL QUINIENTOS TREINTA
METROS CUADRADOS CON TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO
CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta de las fracciones de
inmuebles individualizados en el Artículo 1° de la presente Ley, será
destinada exclusivamente para la adquisición de otros inmuebles para
espacio verde o plaza.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintisiete días mes de octubre del año dos mil cinco, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a seis días del mes de abril del año dos mil seis,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos
Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Mario Alberto Coronel Paredes Cándido Vera
Bejarano
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 28 de abril de 2006.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Rogelio Benítez Vargas
Ministro del Interior