Ley 2931
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2931
QUE MODIFICA EL ARTICULO 9° DE LA LEY N° 2225/03 "POR LA CUAL SE CREA
LA COMISION DE VERDAD Y JUSTICIA"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 9° de la Ley N° 2225/03 "POR LA
CUAL SE CREA LA COMISION DE VERDAD Y JUSTICIA", cuyo texto queda redactado
de la siguiente manera:
"Art. 9°.- La Comisión de Verdad y Justicia, una vez integrada,
tendrá una duración de dieciocho meses en sus funciones.
En caso de ser necesario, la Comisión tendrá la potestad de
extender su duración por veinticuatro meses más."
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
veintisiete días del mes de abril del año dos mil seis, quedando sancionado
el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciocho días del mes de
mayo del año dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Mario Alberto Coronel Paredes
Silvio Ovelar Benítez
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 6 de junio de 2006
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Rogelio Raimundo Benítez Vargas
Ministro del Interior