Ley 2995
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2995
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A
FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN
INMUEBLE INVIDIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 25124, PARA ASIENTO
DE UNA ESCUELA PÚBLICA, UBICADO EN EL BARRIO CIUDAD NUEVA DEL CITADO
MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a
la Municipalidad de Ciudad del Este a transferir a título gratuito a favor
del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble
individualizado como parte de la Finca N° 25124 del citado municipio,
destinado para asentamiento de edificios públicos en el loteamiento
realizado por Víctor Carlos Silva, inscripto en la Dirección General de los
Registros Públicos, bajo el N° 1 y al folio 1 y siguientes del 30 de marzo
de 2001, ubicado en el barrio Ciudad Nueva del citado municipio, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 32,52 m. (treinta y dos metros con cincuenta y dos
centímetros), linda con el lote 3 de la Manzana 10 ;
AL SUR: mide 32,52 m. (treinta y dos metros con cincuenta y dos
centímetros), linda con la calle 1;
AL ESTE: mide 21,29 m. (veintiún metros con veintinueve
centímetros), linda con el lote 1 de la Manzana 10; y,
AL OESTE: mide 21,29 m. (veintiún metros con veintinueve
centímetros), linda con la calle 5.
SUPERFICIE: 692,3.508 m2 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS
CUADRADOS CON TRES MIL QUINIENTOS OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
diecisiete días del mes de mayo del año dos mil seis, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a diez días del mes de agosto del año dos mil seis,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Enrique González
Quintana
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Mario Alberto Coronel Paredes Cándido Vera
Bejarano
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 29 de agosto de 2006.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Rogelio Benítez Vargas
Ministro del Interior