Ley 308
H. Cámara de Representantes LEY Nº 308
"QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 45 DEL 3 DE NOVIEMBRE DE 1954"
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley Nº 45 del 3 de noviembre de 1954,
"POR EL CUAL SE MODIFICA LA DISTRIBUCION DE LOS CREDITOS
PREVISTOS EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA NACION
VIGENTE PARA LOS RUBROS 6,02 Y 6,03 DEL ANEXO G - I - ITEM 5 -
PLAN DE OBRAS PUBLICAS".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los veinte y cinco días del mes de octubre del
año un mil novecientos cincuenta y cinco.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR C. FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 31 de octubre de 1955
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Carlos R. Velilla
Alfredo Stroessner
Marcial Samaniego