Ley 3159
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 3159
QUE DECLARA SITUACIÓN DE EMERGENCIA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL Y
ESTABLECE UNA CAMPAÑA DE SESENTA DIAS PARA COMBATIR LA EPIDEMIA DEL
DENGUE.
EL CONGRESO DE LA NACI0N PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Declárase situación de emergencia en todo el territorio
nacional por un período de sesenta días a partir de la promulgación de la
presente Ley, para combatir la epidemia del Dengue.
Artículo 2°.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
veintidos días del mes de febrero del año dos mil siete, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los veintiseis días del mes de febrero del año dos
mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Armando Vicente
Espínola
Presidente
Vicepresidente 1º
H. Cámara de Diputados En
ejercicio de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
Atilio Penayo Ortega Arsenio
Ocampos Velázquez
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 27 de febrero de 2007.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Oscar Martínez Doldán Rogelio Benítez
Miinistro de Salud Pública y Bienestar Social
Ministro del Interior