Ley 316
H. Cámara de Representantes LEY Nº 316
"POR LA CUAL SE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL, PARA
DESIGNAR CON EL NOMBRE DE RUBEN DARIO, UNA CALLE DE ASUNCION"
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de la Capital a designar una
calle innominada de Asunción con el nombre del ilustre poeta
nicaragüense Rubén Darío, y colocar en la misma un medallón
fundido en bronces del nombrado poeta.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los veinte y seis días del mes de octubre del
año un mil novecientos cincuenta y cinco.
ELADIO SEGOVIA
PASTOR C. FILARTIGA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 13 de noviembre de 1955
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Tomás Romero Pereira
Alfredo Stroessner